¿En qué fondo invertir?

 

    Las AFP, que recaudan las cotizaciones previsionales de los afiliados, las depositan en la cuenta personal de cada afiliado e invierten los recursos, para otorgar posteriormente los beneficios que correspondan. Las AFP invierten sólo en aquellos instrumentos financieros que la normativa autoriza expresamente. El Fondo de Pensiones es un patrimonio independiente del patrimonio de la AFP, es decir los recursos acumulados por los Fondos de Pensiones son propiedad, en la fracción que corresponde, de cada uno de los afiliados al Sistema. 

 

Multifondos

 

¿Qué son los multifondos?

 

    El sistema de multifondos (creado por la Ley Nº 19.795, de fecha 28 de febrero de 2002), corresponde a la administración de 5 Fondos de Pensiones por parte de cada AFP. Estos Tipos de Fondos se diferencian a partir de la proporción de su portafolio invertida en títulos de renta variable, lo que significa diferentes niveles de riesgo y rentabilidad entre dichos Tipos de Fondos, y también por su instrumento de inversión fija. Estos fondos los elige los afiliados, se han llamado con letras: A, B, C, D y E.

 

¿Por qué se crean los multifondos?

 

   
 
 

    El principal objetivo de la creación de un esquema de multifondos en el Sistema Previsional es incrementar el valor esperado de las pensiones que obtendrán los afiliados.

    Además, la creación de un sistema de multifondos permite a los afiliados seleccionar distintas alternativas de inversión según sus preferencias.

 

¿Cómo se diferencian los distintos tipos de fondos?

 

    Cada fondo está invertido en instrumentos de renta fija e instrumentos de renta variable. Los distintos tipos de Fondos de Pensiones se diferencian por la proporción de sus recursos invertidos en títulos financieros de renta variable, los cuales se caracterizan por tener un mayor riesgo y una mayor rentabilidad esperada.

    El Fondo Tipo A, tiene una mayor proporción de sus inversiones en renta variable (mayor riesgo, mejores retornos en largo plazo), la que va disminuyendo progresivamente en los Fondos B, C, D y E, este último tiene una mayor proporción de sus inversiones en renta fija (menor riesgo, menores retornos en largo plazo).

 

    Límites de inversión máximos y mínimos en instrumentos de renta variable:

 

¿Puede el afiliado elegir cualquier tipo de fondo?

 

    En principio, sí, pero la ley protege a quienes están cerca de jubilar.

 

a. Respecto de las cotizaciones, esto es, el ahorro obligatorio;
Los afiliados no pensionados, hombres hasta 55 años de edad y mujeres hasta 50 años de edad, pueden elegir, con sus cotizaciones obligatorias, cualquiera de los cinco tipos de Fondos. Los afiliados hombres desde 56 años y mujeres desde 51 años de edad, no pensionados, podrán optar por cualquiera de los cuatro Fondos de creación obligatoria (B, C, D y E). Finalmente, los afiliados pensionados podrán optar por cualquiera de los tres Fondos de menor riesgo relativo (C, D y E).

b. Respecto de su ahorro previsional voluntario;
En el caso del ahorro previsional voluntario no hay ningún tipo de restricción por edad o para los pensionados, para optar por alguno de los cinco tipos de Fondos.